El juego brusco por el feriado de Carnaval que cause lesiones menores puede ser sancionado con hasta 30 días de prisión. El COIP determina a las afectaciones por el juego de carnaval, por ejemplo, como contravenciones de cuarta clase.
Los juegos violentos entre desconocidos en esta festividad son recurrentes, y en ocasiones terminan en lesiones, que podrían incentivar una demanda.
«Hay mucha gente a la que le gusta el Carnaval, otras personas a las que no. Pero, a consecuencia de que se genera algún tipo de lesión, sí podría denunciar la víctima», explicó el abogado Carlos Solís.
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) tipifica en su artículo 396, como contravenciones de cuarta clase, a las personas que voluntariamente hieran o golpeen a otra, causándole lesiones o incapacidad para el trabajo. Cuando la afectación no exceda tres días de incapacidad, el causante será sancionado con pena privativa de libertad de 15 a 30 días.
«Si pasa los tres días, se trataría de un tipo de lesión más grave que podría ser tratada como delito», agregó Solís.
Fuente: Ecuavisa
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