El ataque para liberar a un preso que iba recibir atención médica en el Hospital Pablo Arturo Suárez, en el norte de Quito, generó debate. El traslado de un reo, cuando debe salir por atención médica, una audiencia o por seguridad, tiene que cumplir una serie de requisitos y procedimientos. El reglamento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social, vigente desde agosto de 2020, dedica un capítulo a delinear los parámetros bajo los cuales se moviliza a las personas privadas de la libertad.
En el documento se especifica que, en casos de salud, se considerarán los traslados por padecimiento de enfermedad catastrófica, que implique peligro para su vida, incapacidad permanente o necesidad de tratamiento psiquiátrico, previa evaluación técnica de un perito. En la lista no consta que los traslados deban hacerse por exámenes de sangre como ocurrió la mañana del lunes, cuando tres internos salieron desde la cárcel de El Inca y antes de ingresar a la puerta de emergencia del Hospital Pablo Arturo Suárez tres individuos en moto interceptaron al vehículo y se llevaron a uno de los presos.
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Fuente: Ecuavisa